Firma Notarial: Opción para Socios sin Firma Electrónica en Empresa en un Día

El servicio «Empresa en un Día» simplifica la constitución de sociedades de responsabilidad limitada (Ltda.) en Chile, ofreciendo una alternativa ágil y virtual. Sin embargo, la necesidad de una Firma Electrónica Avanzada (FAR) para ciertas etapas puede ser un obstáculo para algunos socios. Este artículo explica cómo, en ausencia de una FAR, la firma notarial ante un notario público chileno se convierte en una opción válida y legal, asegurando el cumplimiento de la normativa vigente y permitiendo la constitución de la empresa.

La Firma Electrónica Avanzada (FAR) y «Empresa en un Día»

El programa «Empresa en un Día», impulsado por el Registro de Comercio y la Subsecretaría de Economía y Turismo, busca facilitar la creación de empresas en Chile. Para algunas etapas del proceso, especialmente aquellas que involucran trámites online, se exige la utilización de una Firma Electrónica Avanzada (FAR). Esta firma, certificada por entidades como Certinet, valida la identidad del firmante de manera electrónica, equiparándola a una firma manuscrita. Es crucial entender que la FAR se expide exclusivamente a personas naturales; es decir, a individuos y no a empresas.

El proceso para obtener una FAR implica un registro en el sitio web de Certinet, la creación de una clave de seguridad, la descarga e instalación de la aplicación móvil (compatible con Android 5.0 o superior y iOS 9.0 o superior), y la validación de la identidad del solicitante, usualmente a través de ClaveÚnica del Registro Civil. El pago del servicio se realiza mediante transferencia bancaria desde una cuenta bancaria a nombre del solicitante. Una vez obtenida, la FAR se almacena de forma segura en los sistemas de Certinet y se utiliza a través de la aplicación móvil para autorizar las firmas electrónicas.

La Alternativa: Firma Notarial para Socios sin FAR

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Ante la dificultad o imposibilidad de obtener una FAR, especialmente por parte de socios extranjeros o aquellos que no cumplen los requisitos para su emisión, existe una alternativa legal: la firma notarial ante un notario público. Esta opción permite continuar con el proceso de constitución de la empresa, cumpliendo con la exigencia de una firma válida.

La firma notarial implica que los socios se presenten personalmente ante un notario, quien certificará la autenticidad de sus firmas en los documentos necesarios para la constitución de la empresa. El notario actúa como testigo de la firma de los socios, confirmando su voluntad y otorgando seguridad jurídica al acto. Es importante destacar que el notario, al certificar la firma, asume la responsabilidad de verificar la identidad de los socios y asegurarse de que actúan libremente.

Ventajas y Desventajas de Cada Opción

| Característica | Firma Electrónica Avanzada (FAR) | Firma Notarial |
|—|—|—|
| Requisitos | ClaveÚnica, registro en Certinet, aplicación móvil, compatibilidad de dispositivo. | Presentación personal ante notario, identificación válida. |
| Costo | Costo de emisión y renovación de la FAR. | Honorarios notariales. |
| Tiempo | Proceso de enrolamiento y validación. | Tiempo de diligencia notarial (generalmente breve). |
| Flexibilidad | Permite la firma a distancia. | Requiere la presencia física en la notaría. |
| Legalidad | Equivalente a la firma manuscrita. | Equivalente a la firma manuscrita, certificada por notario. |
| Disponibilidad | Puede estar limitada por requisitos de identidad y disponibilidad de la entidad certificadora. | Disponible en todas las notarías a lo largo del territorio chileno. |

Consideraciones Legales y Requisitos Específicos

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La legislación chilena, específicamente el Código de Comercio y la Ley N° 19.300 sobre Constitución de Sociedades de Responsabilidad Limitada, contempla la posibilidad de la firma notarial como una forma válida de acreditar la voluntad de los socios. No obstante, es crucial que el notario siga estrictamente los protocolos establecidos para garantizar la validez jurídica del acto.

El notario debe verificar la identidad de los socios con documentos válidos (Cédula de Identidad Nacional, pasaporte, etc.), asegurarse de que comprenden la naturaleza del acto que están firmando, y registrar la firma de cada socio en un acta notarial. Esta acta, junto con los demás documentos requeridos, constituirá la prueba de la voluntad de los socios para constituir la sociedad. Además, es fundamental que se cumplan todos los requisitos de información establecidos en la Ley de Sociedades, asegurando la transparencia y el cumplimiento de las obligaciones legales.

Qué Verificar Antes de la Firma Notarial

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Antes de acudir a la notaría, es importante:

      1. Confirmar la disponibilidad de los documentos de identidad de todos los socios.
      1. Verificar la correcta información de la empresa y los socios que se incluirán en el acta notarial.
      1. Asegurarse de comprender el alcance y las implicaciones de la constitución de la sociedad.
      1. Consultar con un abogado o contador si existen dudas o incertidumbres sobre el proceso.
      1. Contactar a la notaría con anticipación para coordinar la cita y conocer los honorarios aplicables.

Verificar con la notaría el listado preciso de documentos necesarios para la constitución de la sociedad.

Errores que Retrasan el Trámite

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Los errores más comunes que pueden retrasar la constitución de la empresa a través de la firma notarial son:

      1. Documentos de identidad vencidos o inválidos.
      1. Información incorrecta o incompleta en los formularios.
      1. Falta de acuerdo entre los socios sobre los términos de la constitución.
      1. Imposibilidad de presentar a todos los socios ante el notario.
      1. No haber verificado la disponibilidad del nombre de la empresa en el Registro de Comercio.

Además, es fundamental mantener la comunicación con el notario y el programa «Empresa en un Día» para resolver cualquier problema o duda que surja durante el proceso.

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